jueves, 22 de septiembre de 2011

Estructura ecologica de Suba

La Estructura Ecológica principal está compuesta por los siguientes elementos:

Sistema de áreas protegidas

El Sistema de Áreas Protegidas - SAP del Distrito Capital,  es el conjunto de  espacios con valores singulares para el patrimonio natural de Distrito Capital, la región o la nación, cuya conservación resulta imprescindible para la conservación de Biodiversidad y la evaluación de la cultura en el Distrito Capital, las cuales en beneficio de todos los habitantes, se  reservan y declaran dentro de cualquiera de las categorías enumeradas en el Plan de Ordenamiento y todas ellas se consideran como suelo de protección. 

El total de áreas protegidas en suelo rural, urbano y expansión de Suba suma 1.7499,77 hectáreas, que corresponden al 17,5% de la superficie total de esta localidad  , estas áreas son:

Cerros de Suba

Fueron declarados mediante el Acuerdo 31 de 1997, como reserva forestal Distrital que según la definición del plan de ordenamiento, es aquella área de propiedad pública o privada que se destina al mantenimiento o recuperación de la vegetación nativa protectora. Por su localización y condiciones biofísicas tiene un valor estratégico en la regulación hídrica, la prevención de riesgos naturales, la conectividad de los ecosistemas o la conservación paisajística y, por ello, se destina a la preservación y restauración de la cobertura vegetal correspondiente a la flora propia de cada ambiente biofísicamente determinado y al aprovechamiento persistente de las plantaciones forestales que allí se establezcan. 

El Plan de Ordenamiento considera los siguientes usos para estas zonas:

-    Usos principales. Conservación de flora y recursos conexos, forestal protector.
-    Usos compatibles. Recreación pasiva, rehabilitación ecológica, investigación ecológica.
-    Usos condicionados. Forestal protector-productor y productor, agroforestería, vivienda campesina; institucional de seguridad ligado a la protección de la reserva. Construcción de infraestructura básica para los usos principales y compatibles.
-    Usos prohibidos: recreación activa, agrícola, pecuario (salvo agroforestales y silvopastoriles), agroindustrial, minero, industrial (salvo el forestal asociado a los usos forestales condicionados), comercial de todo tipo, residencial (salvo vivienda campesina de baja densidad)

Bosque de las Mercedes

Fue declarado Santuario Distrital de Fauna y Flora mediante el decreto 619 de 2000, articulo 20. Según el Plan de ordenamiento, este es un ecosistema estratégico que dada su diversidad ecosistémica, se debe proteger con fines de conservación, investigación y manejo de la fauna y flora silvestre. Estas áreas contienen muestras representativas de comunidades bióticas singulares en excepcional estado de conservación o poblaciones de flora y fauna vulnerables por su rareza o procesos de extinción, que en consecuencia se destina a estricta preservación o restauración pasiva, compatible sólo con actividades especialmente controladas de investigación científica, educación ambiental y recreación pasiva.

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